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PLANIFICACIÓN PATRIMONIAL

Abogados especialistas en Herencias, Testamentos y Donaciones.

planificación de herencias

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asesoría fiscal

PLANIFICACIÓN PATRIMONIAL CON HERITAE

La planificación patrimonial es el desarrollo de un plan detallado en el que se fijan los objetivos financieros de una persona. Para poder realizar una buena gestión patrimonial, primero es preciso haber elaborado una buena planificación, cuyo principal objetivo es lograr el equilibrio entre necesidades y recursos futuros.

Cualquier planificación patrimonial es un plan totalmente personalizado. Con él se fijan y ejecutan las estrategias que mejor se adapten a la persona y su situación, de forma que faciliten alcanzar sus objetivos financieros.

Es importante por ello contar con los servicios de abogados de herencias, con el que diseñarás estrategias a tu medida, encaminadas a salvaguardar tu futuro y el de tu familia y a minimizar el impacto fiscal.

¿Qué incluye nuestro servicio de planificación patrimonial?

En Heritae nos ocupamos de todo. Nuestros abogados expertos en herencias te ayudarán a resolver todas las consultas que tengas durante el proceso.

Nuestro equipo te informará de todo al detalle desde el primer momento en el que contactes con nosotros. Te ayudamos a adjudicar los bienes de una forma más rápida, económica y segura.

¿Qué ventajas tiene contratar nuestro servicio de planificación patrimonial?

  • Ahorro de tiempo: nuestro equipo de abogados expertos en herencias se ocupa de todo el trámite y lo hacen en un tiempo reducido.
  • Ahorro de dinero: nuestros expertos fiscalistas realizarán un pormenorizado estudio fiscal para ofrecerte la opción más eficiente. Recuerda que en Heritae realizamos el trámite integral y te aseguras no tener que contratar servicios adicionales.
  • Contamos con los mejores expertos para tramitar tu herencia:
    • Abogados: tramitarán tu herencia para que no tengas ningún problema legal.
    • Expertos fiscalistas: realizarán una planificación fiscal para que optimices el pago de tributos en función de lo que vayas a hacer con el patrimonio heredado.
    • Peritos judiciales inmobiliarios:valoraremos los inmuebles que heredas siguiendo nuestro criterio profesional, pero sin perder de vista el uso que les darás una vez heredados.
  • Precio cerrado: en Heritae trabajamos con un precio cerrado que conocerás desde el primer momento.
  • Descuento en varias notarías: si decides firmar en una de nuestras notarías colaboradoras, contarás con un descuento en la factura del notario.

Otros servicios:

Información sobre herencias

Herencias con testamento

Es uno de los procedimientos más prácticos y sencillos, en estos casos se atiende directamente a la voluntad del testador en cuestión. Estas se dividen en tres partes, denominadas tercio de la legítima, tercio de mejora y tercio de libre disposición 

Para ello es necesario el asesoramiento de abogados expertos en herencias para realizar los protocolos necesarios y la supervisión legal correspondiente. 

Usufructo

El usufructo de una herencia consiste en usar y disfrutar un bien sin ser propietario de éste durante el tiempo que dure el usufructo, pero, en ningún caso, podrá disponer de él. El usufructo no se puede heredar, ya que, según dicta la ley, el derecho al uso y disfrute de la vivienda termina con el fallecimiento del usufructuario. Se puede dar la circunstancia de que los usufructuarios sean varias personas. 

Tercio de mejora

Es un tercio de la herencia que se emplea para mejorar la legítima. Sirve, básicamente, para dejar más a un hijo que a otro de forma legal. También, es la parte de la herencia que corresponde al cónyuge en usufructo en caso de que existan descendientes. 

Tercio de libre disposición

La ley prevé que el fallecido pueda dejar hasta una tercera parte de la herencia a quien quiera, independientemente de que sea o no familiar. 

Nuda propiedad

La nuda propiedad es aquel derecho de una persona sobre un bien en el que su relación con él es de ser solo y únicamente propietario. El propietario de un inmueble es quien cuenta con la nuda propiedad, pero no puede usarlo ni disfrutarlo, ya que estos derechos pertenecen al usufructuario. 

La nuda propiedad puede heredarse, de manera que se mantienen las mismas condiciones que tenía el nudo propietario fallecido. 

Usufructo

El usufructo de una herencia consiste en usar y disfrutar un bien sin ser propietario de éste durante el tiempo que dure el usufructo, pero, en ningún caso, podrá disponer de él. El usufructo no se puede heredar, ya que, según dicta la ley, el derecho al uso y disfrute de la vivienda termina con el fallecimiento del usufructuario. Se puede dar la circunstancia de que los usufructuarios sean varias personas. 

Desheredación

Consiste en privar de forma voluntaria de los derechos que le corresponden de una herencia a un sucesor. Es importante mencionar que este mecanismo tiene efectos sobre el heredero forzoso, al impedirle el acceso a la legítima, es decir, la parte de la herencia que por ley le corresponde como descendiente. 

¿Cómo tramitamos una herencia?

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