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IMPUGNAR TESTAMENTO

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TRAMITACIÓN PARA IMPUGNAR TESTAMENTO CON HERITAE

En ocasiones sucede que el heredero no está de acuerdo en todas o en alguna de las disposiciones del testamento, por lo que es posible impugnar testamento. Esto quiere decir que, podrá acudirse a un procedimiento judicial que se inicia mediante demanda dirigida al Juzgado de Primera Instancia del lugar donde radique el ultimo domicilio del fallecido, y en la que se expondrá la causa de impugnación, siendo obligatoria la intervención de un abogado y de un procurador.

Las principales causas para impugnar un testamento previstas en el Código Civil son:

  • Cuando el testamento no incluye en el testamento a un legitimario o a un heredero forzoso.
  • Cuando no se respetan las cuotas de legítima.
  • El testador no tiene capacidad legal para testar.
  • Realizar el testamento bajo amenaza, intimidación o engaño.
  • Por incapacidad del testador.
  • Por concurrir violenta, coacción o fraude.
  • Por desheredación sin causa justificada.
  • Por adolecer el testamento de defectos formales.

Cualquier persona que, teniendo la condición de heredero legal, presente errores o considere que el testamento le perjudica y vulnera sus derechos sucesorios, puede impugnar el testamento. Es decir, tiene la legitimidad para acometer las acciones legales que correspondan para corregir la situación.

¿Qué incluye nuestro servicio de impugnar testamento?

Para iniciar el proceso de impugnar testamento es necesario contratar a un abogado para el procedimiento judicial.

Durante este proceso, es fundamental la ayuda de un profesional para preparar correctamente toda la documentación y las pruebas necesarias que justifiquen las distintas causas por las que no se está conforme. Si decides contar con la ayuda profesional de nuestros especialistas para impugnar un testamento en Madrid, nos encargaremos de todo el proceso para conseguir que sus intereses y derechos como heredero se cumplan.

En Heritae nos ocupamos de todo. Nuestros abogados expertos en herencias te ayudarán a resolver todas las consultas que tengas durante el proceso de impugnar testamento.

El testamento deberá de impugnarse mediante demanda judicial; será competente el Juzgado de Primera Instancia del lugar de fallecimiento del testador. De esto se encargará el equipo de abogados de herencias.

¿Qué ventajas tiene contratarnos para impugnar testamento?

Ahorro de tiempo: nuestro equipo de abogados expertos en herencias se ocupa de todo el trámite y lo hacen en un tiempo reducido.

Ahorro de dinero: nuestros expertos fiscalistas realizarán un pormenorizado estudio fiscal para ofrecerte la opción más eficiente. Recuerda que en Heritae realizamos el trámite integral y te aseguras no tener que contratar servicios adicionales.

Contamos con los mejores expertos para tramitar tu herencia:

    • Abogados: tramitarán tu herencia para que no tengas ningún problema legal.
    • Expertos fiscalistas: realizarán una planificación fiscal para que optimices el pago de tributos en función de lo que vayas a hacer con el patrimonio heredado.
    • Peritos judiciales inmobiliarios: valoraremos los inmuebles que heredas siguiendo nuestro criterio profesional, pero sin perder de vista el uso que les darás una vez heredados.

Precio cerrado: en Heritae trabajamos con un precio cerrado que conocerás desde el primer momento.

Descuento en varias notarías: si decides firmar en una de nuestras notarías colaboradoras, contarás con un descuento en la factura del notario.

Otros servicios:

Información sobre herencias

Es uno de los procedimientos más prácticos y sencillos, en estos casos se atiende directamente a la voluntad del testador en cuestión. Estas se dividen en tres partes, denominadas tercio de la legítima, tercio de mejora y tercio de libre disposición 

Es un tercio de la herencia que se emplea para mejorar la legítima. Sirve, básicamente, para dejar más a un hijo que a otro de forma legal. También, es la parte de la herencia que corresponde al cónyuge en usufructo en caso de que existan descendientes. 

La nuda propiedad es aquel derecho de una persona sobre un bien en el que su relación con él es de ser solo y únicamente propietario. El propietario de un inmueble es quien cuenta con la nuda propiedad, pero no puede usarlo ni disfrutarlo, ya que estos derechos pertenecen al usufructuario. 

El usufructo de una herencia consiste en usar y disfrutar un bien sin ser propietario de éste durante el tiempo que dure el usufructo, pero, en ningún caso, podrá disponer de él. El usufructo no se puede heredar, ya que, según dicta la ley, el derecho al uso y disfrute de la vivienda termina con el fallecimiento del usufructuario. Se puede dar la circunstancia de que los usufructuarios sean varias personas. 

La ley prevé que el fallecido pueda dejar hasta una tercera parte de la herencia a quien quiera, independientemente de que sea o no familiar. 

Consiste en privar de forma voluntaria de los derechos que le corresponden de una herencia a un sucesor. Es importante mencionar que este mecanismo tiene efectos sobre el heredero forzoso, al impedirle el acceso a la legítima, es decir, la parte de la herencia que por ley le corresponde como descendiente. 

¿Cómo tramitamos una herencia?

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