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Tipos de donaciones

08.11.2022

Una de las alternativas a las herencias son las donaciones. Por ello, en este post te explicamos los tipos de donaciones que existen.

¿Qué es una donación?

Es la posibilidad alternativa a la herencia, según estipula el artículo 618 del Código Civil español, “la donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”. Así, mediante esta, se traspasan bienes propios a otra persona.

Clases de donaciones y sus características

Las donaciones se pueden clasificar de diferentes maneras, dependiendo del criterio del que se parta para su clasificación:

  • Donaciones inter vivos. Son aquellas en las que el donante cede parte de su patrimonio sin causa de su fallecimiento. Produce sus efectos entre vivos y se regirán por las disposiciones generales de los contratos y obligaciones en todo lo que no se halle determinado expresamente para ellas en el Código Civil.
  • Mortis causa. Son las que producen sus efectos por fallecimiento del donante. Se rigen por las reglas establecidas para el caso de sucesión testamentaria.
  • Puras y modales. Las donaciones puras son las ordinarias, aquellas en las que el donante cede parte de su patrimonio como una liberalidad gratuita, simplemente con el deseo de beneficiar a un tercero.

Por su parte, las donaciones modales son aquellas en las que se le impone al donatario una carga, modo o gravamen, o cualquier tipo de actuación o conducta no evaluable económicamente, que disminuye la cuantía de la donación, aunque sin privarle de su carácter de gratuito por ser el gravamen inferior al valor de lo donado.

  • Onerosas. Son las donaciones en la que debe existir una diferencia entre lo que vale el bien donado y el precio aceptado por el donante a cambio de ese bien.
  • Remuneratorias. Estas buscan beneficiar a una persona por sus méritos o por los servicios prestados, siempre que no haya deudas exigibles.
    • Con cláusula de reversión. Aquellas en las que se establece la reversión en favor de sólo el donante para cualquier caso y circunstancias, pero no en favor de otras personas sino en los mismos casos y con iguales limitaciones que determina el Código Civil para las sustituciones testamentarias.

La reversión estipulada por el donante en favor de un tercero contra lo dispuesto anteriormente, es nula; pero no producirá la nulidad de la donación. 

      • Con facultad de disponer. El donante se reserva la facultad de disponer de algunos de los bienes donados, o de alguna cantidad con cargo a ellos; pero, si muriese sin haber hecho uso de este derecho, pertenecerán al donatario los bienes o la cantidad que se hubiese reservado.

¿Por qué contar con los servicios de abogados de herencias para donaciones?

Contar con un abogado de herencias es muy importante para realizar una donación correctamente, así como para tener clara toda la información relativa a la bonificación de los impuestos.

Si quieres realizar una donación, no dude en contactar con nosotros. En Heritae, somos abogados expertos en herencias, estaremos encantados de aclarar todas sus dudas y pondremos a su servicio un completo equipo de profesionales que le ayudará en todo lo que necesite.

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