¿Cuándo se da el devengo del impuesto de donaciones?
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Cada vez es más común que alguien tenga que heredar criptomonedas. Si de por si es complicado tramitar una herencia, esta situación puede provocar más quebraderos de cabeza, entrando factores en juego: ¿Cómo acceder a las criptomonedas? ¿Se ha de tributar por ellas? ¿De qué manera? En este artículo, te resolvemos ese tipo de cuestiones.
Una criptomoneda es un activo digital que emplea un cifrado criptográfico para garantizar su titularidad, asegurar la integridad de las transacciones y controlar la creación de unidades adicionales, es decir, evitar que alguien pueda hacer copias como haríamos, por ejemplo, con una foto. Estas monedas no existen de forma física: se almacenan en una cartera digital.
Atendiendo al artículo 33.3 de la Ley del IRPF: “Se estimará que no existe ganancia o pérdida patrimonial en los siguientes supuestos:
Por consecuencia, se tributará por la herencia de criptomonedas, pero no por la plusvalía que el fallecido hubiese podido conseguir, es decir, el heredero no tributará por la plusvalía.
Donde si han de tributar los herederos es en el impuesto de sucesiones y donaciones. Hay que tener en cuenta que con independencia de la comunidad autónoma en la que los herederos deban liquidar el impuesto de sucesiones, las criptomonedas deben valorarse ‘como un capital en divisas’ por su valor equivalente en euros o en el momento del fallecimiento del titular de las criptomonedas.
Es importante tener conocimiento de que las criptomonedas son como un capital en divisas, dado que, si se demora demasiado la resolución de la herencia, esto podría suponer tributar por una cantidad de dinero que no se ajusta a lo que se recibe. Un ejemplo: si se hereda 10.000 euros de criptomonedas, será por esa cantidad por la que se tributará, aunque en el momento en el que se reciba solo valga 5.000. Por ello, hay que es muy importante el tiempo.
Si bien se pueden heredar criptomonedas (forman parte del patrimonio del fallecido), pero hay cierto vacío legal. Son dinero, pero es virtual y no existe control por parte de entidades bancarias.
Al no tener una entidad financiera que pueda vigilarlos, las criptomonedas pueden acabar en una billetera electrónica. Uno de los problemas que surgen a la hora de heredar criptomonedas es el acceso a ellas, solo el conocimiento de las claves a la plataforma donde estén, permitirá el acceso a su interior.
Al no ser un bien tangible, es complicado realizar la transferencia si no se tiene acceso de alguna manera. Por tanto, es recomendable que, si alguien está en esa situación, incluya una vía de acceso a ellas en su testamento, o confíe las claves a una persona de extrema confianza.
También, se podría dejar las contraseñas a un albacea, pero claro, la persona encargada de guardar nuestra herencia, tendría información muy personal y podría hacerse con los tokens.
Este problema preocupa a muchos y no todo el mundo hace testamento, por lo que habría que encontrar la manera de hacer el traspaso sin decirle a nadie las contraseñas.
Algunas plataformas de criptomonedas están comenzando a admitir ciertos documentos para dejar a los herederos legítimos acceder a los tokens que les pertenecen por herencia. Cuando una persona fallece, los herederos pueden conseguir el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades, con estos documentos, se podría ir a una de estas plataformas para que faciliten el acceso.
Por otro lado, habría que presentar el testamento, pero en caso de que no lo hubiera, habría que presentar la declaración de herederos.
Debido a que heredar criptomonedas es un tema poco conocido, que implica trámites diferentes a los de una herencia normal, es conveniente contar con los servicios de abogados de herencias. Desde Heritae, podemos ayudarte sobre cualquier tipo de consulta, recopilar la información y documentación necesaria para poder heredar las criptomonedas.
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