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Albacea: ¿Qué es y qué función tiene?

19.04.2022

Es habitual que cuando uno redacta un testamento, nombrar a una persona para que esta sea la encargada de velar y hacer cumplir con su última voluntad, dándole para ello una serie de facultades. La persona en cuestión es el albacea.

El albacea testamentario es la persona sobre la que, a petición del testador, recaerá la función de velar por la adecuada ejecución del testamento. Es importante tener en cuenta que, la figura del albacea es un cargo de aceptación voluntaria, cuya validez depende de su aparición expresa en el testamento.

El nombramiento debe quedar establecido en el mismo testamento para que sea válido. Se trata de un cargo voluntario que debe ser aceptado por la persona en cuestión. No es obligatorio dar retribución alguna por las funciones que cumpla, pero el testador puede especificar que se le otorgue retribución profesional.

El albacea testamentario tiene unos derechos y debe recibir el reembolso correspondiente a los gastos en los que haya incurrido por el cumplimiento de sus funciones en el testamento. Así como compensaciones por daños y perjuicios, si procede.

¿Cuáles son las funciones del albacea?

Las funciones del albacea varían en función de las indicaciones del testador en el testamento, las cuales está obligado a respetar. Existen dos tipos de albacea:

  • Universal: cuando queda a cargo de todo lo relacionado con la herencia.
  • Particular: en este caso se atribuyen funciones específicas. Entonces, solo tendrá a su cargo aquellas encomiendas que se detallen en el testamento.

Las funciones más comunes que se delegan al albacea incluyen la interpretación del testamento, administrar, contar y partir los bienes de la herencia. También, se le asigna el pago de las deudas de la herencia y proteger los bienes que se corresponda heredar a menores o incapaces, entre otros.

La lista de funciones particulares puede ser muy extensa y deben cumplirse en su totalidad, siempre y cuando estén enmarcadas en la ley.

En el testamento no siempre se especifican sus funciones. En estos casos, aplican las que están establecidas en las leyes. Las cuales incluyen:

    • Hacerse cargo del entierro y funeral de acuerdo con las costumbres o según indique el testador.
    • Confirmar la validez del testamento.
    • Conservar los bienes de la herencia y velar por su seguridad.
    • Vigilar que se cumpla con todo lo que establezca el testamento.
    • Pagar el legado en metálico.
    • Asegurarse que se haga el inventario de bienes con la presencia de herederos y demás personas interesadas.

¿Qué poderes tiene el albacea testamentario?

Además de cumplir las funciones mencionadas anteriormente, el albacea puede ejercer otras funciones por iniciativa propia, eso sí, siempre y cuando velen por la seguridad de los bienes y el cumplimiento de las responsabilidades del testador.

El Código Civil establece que, si no hay suficiente dinero en la herencia para los gastos funerarios y, los herederos tampoco aportan, se puede proceder a la venta de los muebles e inmuebles para cubrirlos.

Obligaciones del albacea

En cuanto a las obligaciones del albacea, cuando ha sucedido el periodo de vigencia del cargo, éste tiene que reunir cuentas con los herederos, es decir, explicarle cómo ha gestionado y llevado a cabo sus tareas como albacea testamentario.

El testador podrá ampliar el plazo legal de forma expresa, si no hubiese satisfecho las labores de su cargo.

Los herederos y legatarios podrán, de común acuerdo, prorrogar el plazo del albaceazgo por el tiempo que crean necesario. Además, debe cumplir fiel y diligentemente su encargo ajustándose a lo ordenado por el testador y a lo dispuesto por el Código Civil (art. 899 CC.).

Si hubiera sido nombrado, no para entregar los bienes a herederos determinados, sino para darles la inversión o distribución que el testador hubiese dispuesto en los casos permitidos por derecho, rendirá sus cuentas ante el Juez.

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